Ayudas del Gobierno Vasco a la formación de profesionales del teatro
Comunicación de la orden de 10 de marzo de 2004, de la Consejera de Cultura, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Orden por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones a programas y actividades destinados a la formación de profesionales del teatro. Objeto
1.- Es objeto de la presente Orden la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a programas y actividades destinados a la formación de profesionales del teatro que se realicen durante el ejercicio 2004. 2.– No se subvencionarán aquellos proyectos que presenten programas reglados adscritos a cualquier ámbito de las áreas de la educación superior, tanto en cetros públicos como privados.
Destinatarios/as
1.– Sin perjuicio de cuantos otros requisitos queden específicamente establecidos en la presente Orden, podrán solicitar estas ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos: – Ser personas físicas o jurídico-privadas cuyo domicilio o sede social se ubique en la Comunidad Autónoma del País Vasco. – Estar dado de alta a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes, en el correspondiente epígrafe de las actividades teatrales del impuesto de actividades económicas y en el caso de las personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades teatrales. 2.– La concesión y, en su caso, el pago de las ayudas a las personas beneficiarias de éstas quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Más información en: ej-gv.net.