2ª convocatoria de textos Teatro Autor Exprés de la Fundación SGAE
La Fundación SGAE abre una nueva convocatoria para la selección de textos teatrales destinados a la colección Teatro Autor Exprés. Se trata de una nueva línea editorial, iniciada en 2013 que complementa la labor de la editorial en la difusión y promoción de la dramaturgia contemporánea. La colección Teatro Autor Exprés, tiene como objetivo colaborar con los autores en la promoción de sus trabajos recientemente estrenados, poniendo a su disposición impresos de su obra para su difusión entre críticos, compañías, productores, programadores, académicos, etc. El plazo para la recepción de propuestas finaliza el viernes 10 de octubre de 2014.
A esta segunda convocatoria de 2014 de textos teatrales destinados a la colección Teatro Autor Exprés se pueden presentar aquellas obras de autores miembros de SGAE que sean objeto de estreno absoluto entre el 10 de septiembre de 2014 y el 31 de marzo de 2015, y que cumplan con los requisitos que se detallan en sus bases:
Primera: solicitantes
La Fundación SGAE estudiará las solicitudes de edición presentadas por autores vivos
miembros de SGAE.
Segunda: requisitos de las obras
Las obras presentadas a esta convocatoria deben cumplir las siguientes condiciones:
1.Estar registradas en SGAE.
2.Las obras deben ser objeto de estreno absoluto entre el 1de septiembre de 2014 y el 31de marzo de 2015
3.Se deben acreditar al menos 10 representaciones previstas de la obra.
4.Las obras deben estar escritas en una de las lenguas del Estado español -castellano, catalán, euskera,gallego o valenciano-o en cualquier otra lengua elegida por el autor. La lengua en la que esté escrita la obra presentada a la convocatoria no tiene que coincidir necesariamente con la correspondiente a la del estreno, si bien en ningún caso la traducción correrá a cargo de la Fundación SGAE.
Tercera: número de obrasseleccionadasA través de la presente convocatoria, se seleccionarán para supublicación en la Colección Teatro Autor Exprés un máximo de 5 obras.
Cuarta: Contrato de edición
Los autores de las obras seleccionadas se comprometen a firmar con la Fundación SGAEel correspondiente contrato de edición en los términos establecidos por el editor.
Quinta: características de la edición
1.Las obras seleccionadas serán publicadas dentro de la Colección Teatro Autor Exprés de la Fundación SGAE.
2.Se trata de una edición no venal. Los ejemplares no podrán ser objeto de venta ni por parte de los autores correspondientes ni por parte de la propia Fundación SGAE.
3.Tirada: de cada título se imprimirán 250 ejemplares, de los cuales 150 se enviarán, con costes cubiertos, al autor correspondiente. Los 100 ejemplares restantes serán distribuidos por la Fundación SGAE entreprofesionales del sector (productores, académicos, editoriales, compañías, etc.), además de destinaralgunos ejemplares a las tareas propias de difusión, promoción y archivo de la Fundación SGAE.
4.Por demanda expresa de los autores seleccionados, la tirada podría superar las cifras mencionadas en el punto 3 de la clausula tercera, pero los costes de esa tirada suplementaria no podrían estar cubiertos por esta convocatoria y, por lo tanto, deberían estar cubiertos por el autor que así lo solicite.
5.Las obras serán publicadas en la lengua en la que hayan sido presentadas en la convocatoria, o, a peticióndel autor, traducidas al castellano. Paraello debe ser el propio autor el que facilite a la Fundación SGAE la traducción oportuna.
6.La edición de las obras seleccionadas en la presente convocatoria para su publicación en la Colección Teatro Autor Exprés no conlleva compromiso alguno de exclusividad, siendo así las obras seleccionadas susceptibles de ser publicadas por cualquier otra editorial.
7.La Fundación SGAE podrá o no incorporar a su Colección Teatro Autor las obras seleccionadas. En ese caso,las obras serán objeto de un nuevo contrato editorial.
8.Junto a la edición física, la Fundación SGAE preparará en formato digital una edición de las obras seleccionadas en esta convocatoria, que serán de acceso público a través de la página web de la Fundación SGAE.
9.El autor de una obra seleccionada acepta que en la edición venal de la misma figure, además de la Fundación SGAE como editora, la colaboración de SGAE
Sexta: documentación
Las solicitudes deberán contener la siguiente documentación:
1.Formulario de solicitud debidamente cumplimentado por vía telemática.
2.Fotocopia del documento de identidad del solicitante.
3.CV del solicitante.
4.Título de la obra.
5.Breve sinopsis de la obra.
6.La obra completa en formato Word o similar, siempre que sea un formato editable.
7.Documentación acreditativa de la fecha del estreno absoluto y del compromiso de representaciones.
8.Otra documentación adicional.
Séptima: procedimiento y resolución de solicitudes
1.Un Comité de Evaluación, designado por la Fundación SGAE, se encargará de estudiar y evaluar las solicitudes que cumplanlos requisitos indicados en estas Bases.
2.El Comité decidirá la selección de las obrasy su resolución será comunicada a todos los interesados por escrito.
3.La resolución del Comité será inapelable.
4.En el supuesto de resolución positiva por parte del Comitéla documentación aportada pasará a formar parte inseparable del convenio quese suscribirá entre las partes.
5.En el supuesto de resolución negativa por parte del Comité la documentación aportada será eliminada de los archivos de Fundación SGAEen el plazode quince días desde la comunicación de los seleccionados.
Octava: presentación de solicitudes y plazo
1.El formulario de solicitud estará disponible en la web de la Fundación SGAEwww.fundacionsgae.org. Deberá usarse el formato electrónico del formulario, siendo necesario rellenar todos los campos. La Fundación SGAE acusará recibo de todas las solicitudes. Las solicitudes que no aporten la documentación solicitada en las
presentes Bases tendrán un plazo máximo de quince días para la subsanación desde la
notificación correspondiente.
2.El plazo de presentación de las solicitudes para la presente convocatoria 2014 se iniciará el miércoles 10de septiembre y se mantendrá abierto hasta las 24:00 del viernes 10 de octubre. Las solicitudes recibidas fuera de dicho plazo serán desestimadas.
Novena: formalización de la colaboración
La Fundación SGAE y el solicitante cuyo proyecto haya sido aprobado, suscribirán un convenio
de colaboración específico que habrá de contener, necesariamente, las Bases establecidas en el presente documento.
Décima: Deber de confidencialidad y protección de datos personales
Todos los datos personales que las partes suministren a lo largo del proceso relativo a la presente convocatoria tienen carácter confidencial y no podrán ser revelados a terceros ni utilizados para fines distintos a los establecidos, salvo las excepciones establecidas por la legislación vigente. Los datos, que voluntariamente faciliten, se incorporarán en un fichero cuyo responsable es Fundación SGAE, que será notificado al Registro General de Protección de Datos de la AEPD. El titular del Derecho Fun damental a la Protección de Datos Personales cuenta con los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición.
Para ejercerlos puede dirigirse por escrito a: Fundación SGAE, a la atención del Director General, calle Bárbara de Braganza, 7, 28004 Madrid. Fundación SGAE presume que los datos facilitados por el afectado son veraces y responden a su situación actual. El afectado se obliga a comunicar su modificación desde el momento en que se produzca
Undécima: normas generales
1.La presentación de la solicitud por parte del solicitante implica la aceptación tácita de éste de las condiciones y Bases establecidas en el presente documento y conlleva la autorización del solicitante para que la Fundación SGAE pueda difundir información sobre la publicación de las obras seleccionadas en sus Memorias y demás publicaciones.
2.El solicitante exime a Fundación SGAEde cualquier responsabilidad derivada de cualquier transgresión de la legislación vigente en que pudiera incurrir el solicitante respecto de la autoría de la obra y representación de la misma.
3.Fundación SGAE no adquiere, en virtud de este contrato, ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria respecto a la obra seleccionada distinta de lo expuesto en las presentes bases.
4.La legislación aplicable al presente documento es la española y las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de Madrid capital, renunciando al fuero que pudiera corresponderles